Pídele a la Comisión Europea que
legisle contra los microplásticos
Ahora que la Comisión Europea se pregunta si los microplásticos deberían ser clasificados como sustancias tóxicas, y ha lanzado una consulta para que la ciudadanía de su opinión, no podemos dejar pasar esta oportunidad para endurecer la normativa contra el veneno invisible que son los microplásticos. Quedan unos días para que la consulta finalice.
¿Te animas a dar tu opinión? Te lo ponemos fácil: revisa las respuestas a la consulta que te proponemos más abajo y, si todo te parece bien, envíalas indicando tu nombre, apellidos y dirección de correo electrónico a continuación†:
†Necesitamos tu nombre completo y dirección de correo electrónico para darte de alta en nuestra base de datos y demostrar a la Comisión Europea que las respuestas que recibirán a través de nuestra asociación son efectivamente de personas distintas, pero tus datos no se harán públicos. Puedes darte de baja en cualquier momento.
Estas son las respuestas que desde Canarias Archipiélago Sostenible enviaríamos en tu nombre. Verás que hemos decidido responder también a preguntas que son relevantes para el cuidado del medioambiente, hasta si no tratan exclusivamente la cuestión de los residuos microplásticos:
¿Cuánto le preocupa la presencia de estas sustancias en las masas de agua superficial europeas? Indique cuál es su grado de preocupación en una escala del 1 (no me preocupa nada) al 5 (me preocupa mucho)
- Microplásticos: 5. Los microplásticos son residuos que casi no se pueden ver, pero que acaban en nuestro organismo ya sea porque los respiramos o porque los ingerimos sin saberlo. Tras la ingesta, las partículas pueden acumularse en el aparato digestivo y trasladarse al tejido corporal alcanzando los sistemas linfático y circulatorio. Estos microplásticos pueden concentrar metales, hidrocarburos o plaguicidas e, incluso, productos farmacéuticos. De esta manera, los microplásticos pueden causar toxicidad física, química y microbiológica, pudiendo actuar de forma acumulativa. Dado que los microplásticos son también ingeridos por la fauna, sobre todo la marina, los microplásticos dañan también el medioambiente.
- Productos farmacéuticos: 5. Hay evidencia sobre sus efectos sobre la fauna silvestre y muestran una preocupante tendencia creciente, por ejemplo en las aguas residuales.
- Sustancias liberadas por productos domésticos (por ejemplo, compuestos liberados por productos de plástico, retardantes de la llama, detergentes, desinfectantes, pinturas, etc.): 4. Son también potencialmente peligrosos, si bien requieren una evaluación caso a caso.
- Productos químicos industriales (por ejemplo, productos químicos de caucho, resinas industriales procesadas): 4. Son también potencialmente peligrosos, si bien requieren una evaluación caso a caso.
- Metales (pesados) (por ejemplo, mercurio, zinc y plata): 5. Sus efectos nocivos sobre la salud son serios y están bien establecidos. Su presencia en el medio ambiente está lejos de reducirse, debido tanto a procesos mineros como al desdeño de productos industriales que utilizan estos metales pesados en el proceso productivo.
En lo que atañe a las medidas reglamentarias y su aplicación, en su opinión, ¿en qué medida contribuyen las siguientes cuestiones a la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas? Califique cada una de las siguientes opciones según una escala del 1 (en absoluto) al 5 (mucho)
- Aplicación
Falta de aplicación y cumplimiento de la legislación existente: 5
Falta de interés o liderazgo político a escala de la UE: 3
Falta de interés o liderazgo político a escala regional/nacional: 5
La no sustitución de productos químicos nocivos por alternativas más seguras: 2
Falta de medidas de mitigación o recuperación para recuperar las masas de agua gravemente afectadas: 3
La no aplicación de los principios de cautela y de «quien contamina, paga» al evaluar los riesgos de las nuevas sustancias «emergentes»: 5
- Financiación
Falta de inversión en la gestión del agua y el tratamiento de las aguas (residuales): 3
Falta de inversión/incentivos para la reducción de las emisiones 4
Falta de incentivos para adoptar medidas de control (como mejoras tecnológicas) en el origen de la contaminación: 4
¿En qué medida cree que las directivas y los reglamentos de la UE sobre el agua siguen siendo pertinentes para las necesidades de los siguientes sectores y usos, a nivel local, nacional y de la UE? Califique cada una de las siguientes opciones según una escala del 1 (en absoluto pertinentes) al 5 (muy pertinentes). Las respuestas son válidas tanto para nivel local, como nacional y de la UE.
- Sector agrario: 5
- Sector tratamiento aguas residuales: 5
- Protección de la biodiversidad: 5
- Protección del medio ambiente: 5
- Economía circular: 5
- Protección de la salud: 5
¿En qué medida cree que las siguientes estrategias son eficaces a la hora de abordar la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas? Califique cada una de las siguientes opciones según una escala del 1 (en absoluto eficaces) al 5 (muy eficaces)
- Reglamentación a escala de la UE para garantizar que la presencia y el exceso de contaminantes se minimicen mediante unas normas estrictas: 5
- Reglamentación a escala del Estado miembro para garantizar que la presencia y el exceso de contaminantes se minimicen mediante unas normas estrictas: 4
- Control de la contaminación basada en fuentes puntuales mediante normativa (jurídicamente vinculante), como la Directiva sobre las emisiones industriales, la Directiva Seveso-III destinada a la prevención de (la contaminación derivada de) los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas, o acuerdos voluntarios /negociados: 5
- Regulación de las emisiones de las plantas de tratamiento de aguas residuales (urbanas): 4
- Reglamentación de la aplicación y el uso de plaguicidas y biocidas: 5
- Reglamentación de la gestión de residuos (p. ej., los vertederos): 4
- Reglamentación de los residuos de la minería: 5
- Reglamentación sobre la protección del suelo: 4
- Ejecución de la normativa por parte del Estado miembro para garantizar que las emisiones de contaminantes que exceden de las normas de calidad se sancionen con medidas disuasorias (por ejemplo, sanciones impuestas a un nivel que dé lugar a cambios): 5
- Instrumentos financieros para que las fuentes puntuales de contaminantes reduzcan al mínimo las emisiones y se aplique el principio de «quien contamina, paga» (incluidos los regímenes de responsabilidad ampliada del productor): 5
Justificación general de las puntuaciones: en general los Estados miembros tienden a ser más permisivos y menos estrictos. Por eso es más eficaz que existan reglamentaciones europeas de obligado cumplimiento, cuanto más concretas y estrictas mejor, razón por la que la máxima puntuación se la damos a las reglamentaciones europeas y no a la de los Estados. También valoramos con la máxima puntuación la reglamentación sobre plaguicidas, porque la contaminación difusa agraria apenas está sujeta a normas vinculantes y está aumentando de forma acelerada. También tiene una importancia máxima la contaminación minera, dado que estamos viviendo un nuevo ciclo minero en Europa y sobre todo en España, en busca de materiales tecnológicos para, por ejemplo, las tecnologías de las energías renovables (litio, etc). Igualmente tiene una importancia máxima aplicar de forma efectiva y disuasoria el principio “quien contamina, paga”, que hasta ahora se viene aplicando crecientemente en los sectores urbano (aguas residuales) e industrial (en menor medida), pero prácticamente no se aplica en el sector agrario (contaminación por nitratos, pesticidas, etc).
Si deseas acceder al cuestionario completo de la Comisión Europea, puedes descargarte este PDF.
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Si estás de acuerdo, envía las respuestas indicando tu nombre,
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Las respuestas que proponemos las hemos desarrollado con gente experta de la Fundación Nueva Cultura del Agua, ¡porque trabajar en colaboración siempre da mejores resultados!